Abogado especializado en delitos contra la libertad

Abogado de detención ilegal y secuestro

Si estás siendo investigado o acusado por un delito de detención ilegal o secuestro, necesitas una defensa penal especializada desde el primer momento. En este tipo de procedimientos, las consecuencias pueden ser especialmente graves, ya que el Código Penal contempla penas de prisión elevadas en función de las circunstancias de cada caso.

Como abogado penalista, analizo personalmente las circunstancias concretas de cada procedimiento para determinar si existe realmente un delito, cuál es la participación que se atribuye al investigado y qué circunstancias pueden influir en la responsabilidad penal y en la pena solicitada.

Mi objetivo es ofrecer una defensa penal sólida y estratégica, buscando la absolución cuando existan argumentos jurídicos para ello y, cuando la condena resulte inevitable, conseguir la menor consecuencia penal posible dentro de la legalidad.

Abogado de detención ilegal

El delito de detención ilegal está regulado principalmente en el artículo 163 del Código Penal. Se comete cuando un particular encierra o detiene a otra persona privándola de su libertad.

La pena básica prevista actualmente es de cuatro a seis años de prisión.

La situación puede variar dependiendo de las circunstancias concretas:

  • Si la persona detenida recupera su libertad dentro de los tres primeros días, sin que se haya conseguido el objetivo perseguido, se aplica la pena inferior en grado.
  • Si el encierro o la detención dura más de quince días, la pena aumenta a cinco a ocho años de prisión.
  • El Código Penal también contempla un supuesto específico para quien, fuera de los casos permitidos legalmente, aprehenda a una persona con la finalidad de presentarla inmediatamente ante la autoridad, castigándolo con multa de tres a seis meses.

Por ello, ante una acusación por detención ilegal, considero fundamental estudiar cuestiones como la duración de la privación de libertad, la forma en que se produjo, la intención del acusado, las circunstancias de la actuación y las pruebas existentes.

Abogado especializado en delito de secuestro

El secuestro constituye una modalidad especialmente grave de privación de libertad. El artículo 164 del Código Penal lo configura cuando se priva de libertad a una persona exigiendo alguna condición para ponerla en libertad.

La pena prevista es de seis a diez años de prisión.

La pena puede aumentar si el secuestro ha durado más de quince días. En este supuesto se aplica la pena superior en grado. Por el contrario, si la víctima es liberada dentro de los tres primeros días sin haberse conseguido la condición perseguida, puede aplicarse la pena inferior en grado.

En un procedimiento por secuestro, analizo especialmente si concurren todos los elementos necesarios para considerar acreditada la existencia del delito y si la acusación dispone de pruebas suficientes para atribuir los hechos a la persona investigada.

Agravación de las penas por detención ilegal o secuestro

El artículo 165 del Código Penal establece que las penas correspondientes a los delitos de detención ilegal y secuestro se impondrán en su mitad superior cuando concurran determinadas circunstancias.

Entre ellas se encuentran:

  • Que el delito se haya cometido mediante simulación de autoridad o función pública.
  • Que la víctima sea menor de edad.
  • Que la víctima sea una persona con discapacidad necesitada de especial protección.
  • Que la víctima sea un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.

La existencia de una de estas circunstancias puede tener una incidencia muy importante en la pena. Por eso, en mi defensa no me limito a analizar el hecho principal, sino también las circunstancias concretas que pueden determinar una mayor o menor responsabilidad penal.

Detención ilegal o secuestro cuando no se conoce el paradero de la víctima

Uno de los supuestos de mayor gravedad está regulado en el artículo 166 del Código Penal.

Cuando el responsable de una detención ilegal o secuestro no da razón del paradero de la persona detenida, la pena puede alcanzar:

  • De 10 a 15 años de prisión en el caso de detención ilegal.
  • De 15 a 20 años de prisión en el caso de secuestro.

La respuesta penal es todavía más severa cuando concurre alguna de las circunstancias previstas legalmente. En esos casos, la pena puede alcanzar:

  • De 15 a 20 años de prisión para la detención ilegal.
  • De 20 a 25 años de prisión para el secuestro.

Estas penas agravadas pueden aplicarse, entre otros supuestos, cuando la víctima sea menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial protección, o cuando el autor haya actuado con la intención de atentar contra la libertad o indemnidad sexual de la víctima, o haya actuado posteriormente con esa finalidad.

Defensa penal ante una acusación por secuestro o detención ilegal

Soy consciente de que enfrentarse a una acusación por un delito contra la libertad genera una enorme preocupación, especialmente cuando existe riesgo de una pena de prisión elevada.

Si estás siendo investigado/a o acusado/a por un delito detención ilegal, secuestro o cualquier otro delito contra la libertad, puedo estudiar su situación y explicarle, con honestidad y transparencia, las opciones de defensa existentes.

Una acusación penal no equivale a una condena. La defensa debe comenzar desde el primer momento y con una estrategia adaptada a cada caso.