CASOS RECIENTES DE DIAZ VELASCO ABOGADOS
SENTENCIA: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA (SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN)
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA POR TRAFICO DE DROGAS Y 3 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN POR DAÑOS
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Si bien nuestro cliente finalmente fue condenado por un delito de trafico de drogas de sustancias que no causan grave daño a la salud, en su modalidad de notoria importancia, conseguimos, no obstante, ante la previsión realista de ese posible desenlace, que la pena de prisión, a pesar de resultar superior a los dos años de prisión, fuese finalmente suspendida, y ello tras la planificación de una estrategia enfocada también para el caso de una condena con pena de privación de libertad superior a los 24 meses de prisión; por lo que, si bien no se ganó el juicio, lo cual a veces es muy probable que suceda en atención a las pruebas de cargo, se evitó que nuestro cliente ingresase en prisión y pudiera continuar con su vida.
SENTENCIA: 2 AÑOS DE PRISIÓN (SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN)
PETICIÓN FISCAL: 6 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Se procesó a nuestro cliente por un delito de agresión sexual con acceso carnal, y se presentó acusación contra el mismo solicitando la pena de 6 años de prisión.
Si bien nuestro cliente siempre mantuvo su inocencia, y el despacho trabajó intensamente en dicha línea de defensa, no obstante lo anterior, y ante la incertidumbre que implica esta clase de procedimientos en donde la sola declaración de la víctima puede ser prueba hábil y suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, al cometerse este tipo de delitos normalmente en una situación de clandestinidad, y por lo tanto ajenos a la presencia de testigos, se decidió, como primera vía o alternativa, el tratar de llegar a una solución negociada con las partes que ejercían la acusación, tanto pública como particular, siempre enfocada en salvar la libertad de nuestro cliente y que por lo tanto el acuerdo supusiera no cumplir de forma efectiva una pena de prisión.
Finalmente, y tras mucho esfuerzo, pues la pena mínima para estos delitos es de 4 años de prisión, se consiguió una pena de 2 años de prisión tras rebajar un grado la misma, permitiendo de esta forma la suspensión de la pena y evitando por lo tanto el cumplimiento de una pena de cárcel, lo cual fue aceptado por nuestro cliente, eludiendo así el riesgo que hubiera supuesto una resultado adverso tras la celebración del juicio oral.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 1 AÑOS DE PRISIÓN Y 2 AÑOS PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
El Ministerio Fiscal formuló acusación contra nuestro cliente por un presunto delito de conducción temeraria del artículo 380.1 del CP, e interesando se condenase al mismo a la pena de un año de prisión y dos años de privación de derecho a conducir vehículos a motor.
Se centraba la acusación en que nuestro defendido, conduciendo una motocicleta de gran cilindrada, y en una zona concurrida de personas al ser vísperas del Gran Premio de Motociclismo de Jerez, realizó caballitos y derrapes, y que, personados en el lugar agentes de la Policía Local al ser advertidos de dicha situación, chocó contra el coche de estos al salir huyendo para evitar ser interceptado, para terminar impactando contra unas vallas de seguridad cayendo al suelo.
No obstante lo anterior, y sin discutir que dichas acciones hubieran podido realizarse por parte de nuestro cliente, ya que hubiera supuesto enfrentarse al testimonio de varios policías sin garantía de éxito, se consiguió la absolución prefiriendo centrar el debate en los elementos nucleares del delito de conducción temeraria ( puede consultarlos aquí), y no pudiendo conseguir la acusación el dar como mínima corroborado que alguien hubiera estado en concreto peligro a consecuencia de la conducción de nuestro cliente, la acción, por muy peligrosa que hubiera sido, devenía en atípica desde el punto de vista penal, acordando por tanto la libre absolución.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Se acusó por parte del Ministerio Fiscal a nuestro cliente, así como a otra persona, de dedicarse al tráfico de sustancias estupefacientes, y tras un registro en un domicilio, que según la acusación utilizaban para estos fines, se incautaron diversas sustancias estupefacientes en una cantidad considerable, así como diversos efectos vinculados con la manipulación y tráfico de drogas.
Si bien es cierto que durante la fase de instrucción de la causa existían testimonios de personas que situaban a nuestro cliente en dicho inmueble y lo relacionaban con la presunta actividad ilícita que en el mismo se desarrollaba, en el juicio oral conseguimos que dichos testimonios no se tuvieran en cuenta, y todo ello al advertir al Tribunal que no habían sido debidamente incorporados por parte de la acusación en el acervo probatorio del juicio, por lo que, desterrando dichas pruebas testificales del tapete procesal, el resto de elementos eran del todo circunstanciales e insuficientes como para poder fundamentar una sentencia condenatoria con respeto al principio de presunción de inocencia, como así fue tenido en cuenta por el Tribunal al acordar la absolución de nuestro cliente.
SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Por parte de la UDEF se inició una investigación contra nuestro cliente ya que, según se denunciaba por varias personas físicas y jurídicas, el mismo había suscrito con los anteriores contratos de participación de negocios en los que nuestro defendido se comprometía a tratar de conseguir garantías bancarias de importante cantidad destinadas a los negocios que estos tenían en desarrollo y querían emprender, y los denunciantes a pagar un anticipo por los gastos de gestión y los intereses acordados por el uso del préstamo.
Si bien los denunciantes pagaron los anticipos correspondientes por los gastos de gestión acordados, pasado el tiempo las garantías bancarias seguían sin poder materializarse, lo que les llevó a denunciar a nuestro cliente por un presunto delito de estafa.
No obstante lo anterior, y tras examinar la causa, lo cierto es que no constaba documento alguno que justificase los negocios que se pretendían emprender por los denunciantes, y aportando nuestro defendido documentación varia de acuerdos suscritos con terceros y partners tendentes a conseguir líneas de financiación, a través de diversos instrumentos financiaros, que finalmente resultaron infructuosas.
Así las cosas, lo que hicimos ver es que a nuestro cliente sólo se le había encargado la gestión de un instrumento financiero de una importante consideración, no su consecución, debido a la imposibilidad de poder garantizar un resultado, y no estando además dicha gestión sometida a plazo ninguno ni tampoco a consecuencias concretas en caso de no poder llevarse a cabo; por lo que el conflicto que pudiera existir entre las partes en todo caso sería competencia de la jurisdicción civil y no de la penal, ya que el delito de estafa requiere en esencia de un engaño precedente y bastante, así como que el engaño produzca un error esencial en el sujeto pasivo desconocedor de la realidad; circunstancias estas que entendíamos no estaban presentes en los hechos objeto de investigación.
Es decir, que si no se consiguió dar cumplimiento al contrato suscrito fue debido a circunstancias externas cuyo análisis caen extramuros del derecho penal.
Dicha tesis fue asumida por el juez instructor lo que llevó a que la causa fuera archivada y sobreseída.
SENTENCIA: 3 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA (SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN)
PETICIÓN FISCAL: 5 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Tras una investigación policial se incautaron en el domicilio de nuestro cliente gran cantidad de sustancias catalogadas como precursores para la elaboración y fabricación de sustancias estupefacientes, y en concreto metanfetamina.
Habida cuenta de dicho hallazgo, y ante la muy probable posibilidad obtener una sentencia condenatoria que obligaría a nuestro cliente a cumplir una pena de prisión con total seguridad, decidimos recomendar a nuestro cliente ingresara en un CAID (Centro de Atención Integral al Drogodependiente), a fin de iniciar un tratamiento de deshabituación al consumo de drogas, ya que el mismo era consumidor de drogas tóxicas de abuso, y con ello tratar de conseguir una atenuante de drogadicción y abrir la posibilidad de la suspensión excepcional de la pena de prisión que permite el artículo 80.5 del C.P, como finalmente se consiguió tras alcanzar un acuerdo con el Ministerio Fiscal y dictarse una sentencia de conformidad. Puede consultar aquí los requisitos de la suspensión vía art. 80.5 del CP.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL Y ACUSACIÓN PARTICULAR: 2 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN MÁS PAGO DE 14.993,22 €
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Se presentó acusación por parte del Ministerio Fiscal así como por la acusación particular personada en la causa, al entender que nuestro cliente era el autor material de un delito de robo con fuerza en las cosas con la agravante de abuso de confianza perpetrado en la nave de un empresa donde estuvo trabajando, y de donde se sustrajo mercancía tasada pericialmente por valor de 14.993,22 €.
Si bien existían imágenes del robo grabadas por la cámara de seguridad instaladas por la empresa, y a pesar de ser reconocido nuestro cliente como uno de los autores del robo por parte del dueño de esta, en el juicio mostramos nuestra oposición a la validez de dicho reconocimiento como prueba de cargo suficiente para justificar una condena, ya que las imágenes no permitían apreciar con la nitidez deseable la verdadera identidad de los autores, por lo que en realidad todo se reducía a meras sospechas y no a pruebas, e insuficientes para entender desvirtuado el principio a la presunción de inocencia, lo cual fue acogido en su integridad por el juzgado de lo penal absolviendo a nuestro cliente.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 5 MESES DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Nuestro cliente fue aucasado de un delito de falsedad documental del art. 400 bis del C.P en relación con el art. 393 del mismo texto legal (hacer uso de un documento auténtico por quien no está autorizado a ello), por estacionar su vehículo en una zona reservada para carga y descarga, y colocando de forma visible en el salpicadero una tarjeta de estacionamiento de personas de movilidad reducida a nombre de otra persona la cual no se encontraba en ese momento en lugar.
En este sentido, y teniendo en cuenta que elemento nuclear del tipo penal del artículo 393 del C.P, y que el artículo 400 bis permite extender a los documentos auténticos utilizados por quienes no están autorizados a ello, es el querer perjudicar a otro, lo que advertimos en el juicio es que en la acción descrita y llevada a cabo por nuestro clinte no existía ese elemento finalista de querer o desear perjudicar a un tercero, no debiendo confundirse dicha finalidad con el propio beneficio que obtiene quien hace uso de una plaza de aparcamiento que no le corresponde, ya que para esa infracción ya existen sanciones administrativas, ni tampoco dicho perjuicio puede aplicarse en abstracto y entender que con dicha conducta se perjudica en potencia a una comunidad entera de personas.
Lo contrario supondría otorgar al artículo 400 bis de un contenido más amplio que a la propia falsedad genuina que se recoge en el artículo 393 del C.P.
Así pues, y faltando ese elemento finalista, defendimos que la conducta de nuestro cliente era atípica desde una prespectiva penal, lo que así también se entiendió por parte del juzgado acordando la absolución de nuestro cliente, lo que fue una satisfacción para él y también para nosotros.
SENTENCIA: 1 MES DE MULTA (delito leve de coacciones)
PETICIÓN FISCAL: 18 MESES DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En el presente caso, y ante las pruebas de cargo que existían, decidimos abordar la defensa en primera instancia mediante una negociación, antes de ir a juicio directamente.
Así las cosas, y siendo nuestro principal interés el tratar de cambiar la calificación jurídica inicial de abusos sexuales por otra menos gravosa, ya que por sus circunstancias es lo que más preocupaba a nuestro cliente, conseguimos llegar un acuerdo en el que se modificaba esta tipificación por la de un delito leve de coacciones dejando fuera por tanto del relato de hechos cualquier fin sexual en la conducta, y apreciándose también la concurrencia de la eximente incompleta de embriaguez y la atenuante de reparación del daño causado, por lo que la pena se fijó en un mes de multa con una cuota diaria 8 €.
Mediante este acuerdo, evitamos un resultado incierto y la posibilidad de que nuestro cliente fuera condenado por un delito de abuso sexual y que a la postre era lo más importante y lo que más le preocupaba.
SENTENCIA: 2 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA (SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN)
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
El cliente contactó con nuestro despacho a pocos días antes de la fecha del juicio, y tras exponernos su situación, la cual era desesperada, ya que solo se le ofrecía como única posibilidad el cumplimiento de una pena de 3 años de prisión (pena mínima) sin ningún otro plan alternativo, decidimos asumir su defensa.
Analizada la situación, y tras requerir a nuestro cliente de toda la documentación que pudiera disponer sobre su situación personal, y existiendo ciertos retrasos en la tramitación de la causa sin ninguna justificación, establecimos contacto con el Ministerio Fiscal con el objetivo de llegar a una conformidad en mejores términos que los expuestos en un principio, y tras solventar ciertas dificultades conseguimos cerrar un acuerdo en el que por parte del Ministerio Fiscal se bajaba la pena a dos años de prisión, al rebajarse un grado la misma, tras reconocerse la concurrencia de una circunstancia atenuante analógica de drogadicción y de alteración de las facultades intelectivas y volitivas así como otra atenuante por dilaciones indebidas, y mostrándose también favorable a informar sobre la suspensión de la pena, como así fue acordado en la propia sentencia.
Si bien el futuro de nuestro cliente parecía incierto y su pérdida de libertad como algo inminente, el resultado al final fue mucho mejor de lo esperado.
SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Nuestro cliente fue investigado por un delito de tenencia de pornografía infantil, al constar pagos a su nombre por la compra de material supuestamente pornográfico y delictivo en una página web dedicada a la distribución de este material.
No obstante lo anterior, y si bien la web investigada se dedicaba a la distribución de pornografía infantil, advertimos al juzgado que no existía una evidencia clara del material concreto que pudo adquirir nuestro cliente, y si en realidad sabía lo que adquiría.
Sobre esa base, instamos el archivo de la causa, el cual fue apoyado por el Ministerio Fiscal y acordado por el jugado, ya que las simples sospechas no son suficientes para sostener una imputación con respeto a los derechos fundamentales recogidos en la CE y en particular la presunción de inocencia.
SENTENCIA: 3 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA. SUSPENSIÓN PENA DE PRISIÓN ART.80.5 C.P
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Nuestros clientes fueron acusados de un delito de tráfico de drogas (cocaína), ya que tras una minuciosa investigación policial, con aprehensiones incluso de droga a consumidores, que dio lugar a una diligencia de entrada y registro se incautó sustancia estupefaciente así como efectos y útiles para la venta de la misma. Teniendo en cuenta lo anterior, así como que los consumidores habían salido del domicilio de nuestros clientes y que les señalaban a ellos como los vendedores de la sustancia estupefaciente, se optó por tratar de buscar una solución enfocada, no en conseguir la absolución ya que la misma se presentaba como difícil, sino en asegurar la libertad de nuestros clientes tras la sentencia, ya que se encontraban en libertad provisional. Para ello se consiguió que a los mismos se les apreciará una atenuante de drogadicción, y habiendo iniciado un tratamiento de deshabituación a las drogas con anterioridad a la fecha del juicio por recomendación del despacho, se consiguió también que el Tribunal acordara la suspensión de la pena de prisión condicionada a terminar el tratamiento iniciado así como a no delinquir en un plazo determinado de tiempo. Con esta estrategia se evitó que nuestros clientes entrasen en la cárcel, que al fin y al cabo era lo más importante.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 13 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Nos personamos en la presente causa en defensa de una persona imputada de un delito de falsificación de moneda y de pertenencia a una organización criminal, encontrándose además en situación de prisión provisional. El resultado no pudo ser mejor, pues conseguida la libertad provisional también se consiguió su absolución. La defensa técnica en este caso consistió en no declarar nada durante las distintas fases procesales, y con ello evitar que de la declaración de nuestro cliente, y de las preguntas que pudieran hacerle, se pudiera llegar a apreciar por parte del Tribunal algún tipo de responsabilidad penal. En Derecho Penal es la acusación la que debe demostrar la culpabilidad, ya que la inocencia por imperativo legal se presupone. Finalmente en el juicio no pudo acreditarse que nuestro cliente tuviera participación en los hechos por los que fue acusado.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 6 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En este caso nuestra clienta se enfrentaba a una importante pena de prisión toda vez que fue interceptada en el aeropuerto portando en su maleta una considerable cantidad de cocaína. No obstante lo anterior, el despacho consiguió su absolución convenciendo al Tribunal de que su clienta era desconocedora de que portaba cocaína y que en su fuero interno creía que trasportaba otra cosa totalmente legal haciendo un favor a unos conocidos.
Puede consultar el texto de la sentencia aquí: Sentencia
SENTENCIA: 21 MESES DE PRISIÓN /SUSPENSIÓN DE PENA
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN (AGRAVANTE ABUSO DE CONFIANZA)
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En el presente caso se acusó a nuestro cliente como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada con la concurrencia de la agravante de abuso de confianza. Teniendo en cuenta lo anterior así como la pena solicitada de cuatro años de prisión y las pruebas que en este caso apuntaban a nuestro cliente, al que además le constaban antecedentes penales por delitos anteriores a los presentes hechos, se optó por buscar una sentencia de conformidad con la acusación, la cual aceptó la concurrencia de dos circunstancias atenuantes, una de ellas de reparación del daño, y que supuso, a la vista del esfuerzo de nuestro cliente por reparar los efectos del delito, el detonante para conseguir también la suspensión de la pena de prisión, y ello como hemos dicho a pesar tener nuestro cliente antecedentes penales anteriores, por lo que no se trataba de un reo primario.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 8 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En este procedimiento nuestro cliente fue acusado de la comisión de varios robos con intimidación. La prueba en la que se basaba la acusación era el reconocimiento positivo en rueda por parte de las víctimas. No obstante lo anterior, en el juicio conseguimos demostrar que esa seguridad en el reconocimiento, si bien las víctimas la situaron en el 90%, no era total, por lo que ese 10% de duda debía servir para dictar una sentencia absolutoria como así fue, ya que de lo contrario se corría el riesgo de condenar a una pena de prisión a una persona inocente.
SENTENCIA: 2 AÑOS DE PRISIÓN Y SUSPENSIÓN DE PENA
PETICIÓN FISCAL: DE 4 A 6 AÑOS DE PRISIÓN (delito continuado)
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En este caso, ante la posibilidad de que nuestro cliente pudiera ser condenado en juicio a una pena de efectivo cumplimiento en prisión, y ello a la vista tanto de la pena que conlleva el delito por el que fue acusado como de las pruebas que existían en su contra, se optó por buscar una solución negociada. Aceptada esta estrategia por nuestro cliente, y tras una previa negociación con la fiscalía, se consiguió que se aceptase la atenuante de reparación del daño como muy cualificada, lo que supuso rebajar un grado la pena. (La pena mínima pasa a ser la máxima y la mínima la mitad de ésta).
Con esta estrategia, si bien por parte de nuestro cliente significaba reconocer los hechos por lo que venia siendo acusado, la misma permitió asegurar su libertad, ya que de haber ido a juicio el resultado obtenido podría haber sido más perjudicial.
Puede consultar el texto de la sentencia aquí: Sentencia
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 15 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Asumiendo el despacho la posibilidad de que Tribunal entendiese que tanto nuestro cliente como otras personas se habían puesto previamente de acuerdo para terminar con la vida de un tercero, y todo ello a pesar de defender nuestro cliente su inocencia, así como el resto de acusados, la defensa se centró entre otras cosas en hacer ver la falta de requisitos necesarios que la jurisprudencia exige para poder considerar a alguien coautor de unos hechos planeados o pensados por varias personas. En este sentido, y tras una declaración en juicio por parte de nuestro cliente muy ensayada, y según la dinámica de los hechos objeto de juicio, las acusaciones no consiguieron justificar estos requisitos en contra de nuestro cliente.
Puede consultar el texto de la sentencia aquí: Sentencia
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 1 AÑO
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En el presente caso, y si bien la causa se dirigió contra nuestro cliente tras confesar el mismo los hechos, esta confesión se realizó bajo el estatus procesal de testigo, por lo que la estrategia de defensa consistió en no declarar absolutamente nada en ninguna de las siguientes fases procesales, en las cuales el estatus procesal de nuestro cliente fue el de acusado.
Al no poder traerse al juicio como elemento a valorar contra el acusado una declaración prestada en un estatus procesal diferente, ya que como acusado se gozan de una serie de derechos que como testigo no se tienen, las pruebas que existían contra el mismo eran del todo circunstanciales e insuficientes como para poder justificar una sentencia condenatoria.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN (En apelación)
Condena : 10 MESES DE PRISIÓN Y PAGO DE 28.257 €
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Si bien nuestro cliente resultó condenado ante el juzgado de instancia, no obstante lo anterior, y por vía de apelación, pudimos hacer valer nuestras pretensiones y conseguir la absolución. En el recurso anunciamos que la sentencia condenatoria vulneraba el principio a la presunción de inocencia, toda vez que la misma se apoyaba en el reconocimiento de hechos efectuado por otro acusado y en las manifestaciones de los agentes de la policía contenidas en el atestado policial y que no comparecieron al juicio, lo cual en ningún caso puede considerarse como prueba válida de cargo.
Puede consultar el texto de la sentencia aquí: Sentencia
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 16 MESES DE MULTA A 12 EUROS DÍA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Si bien nuestro cliente había incumplido la obligación de pago de la pensión de alimentos impuesta en el régimen de medidas, se demostró que la situación de hecho era diferente a la que se contemplaba en el régimen de medidas incumplido, y dado que el derecho penal no se puede quedar en el mero formalismo, se hizo valer una situación de compensación de pensiones, lo que derivó en la absolución de nuestro cliente.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN (falta de lesiones L.O 1/2015)
PETICIÓN FISCAL: 1 año de prisión
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
La defensa en este caso se centró, una vez estudiada la causa, no en discutir la dinámica de los hechos, los cuales eran difíciles de modificar a la vista de las pruebas existentes, sino en la relación de afectividad existente entre la denunciante y nuestro cliente; ya que para que estemos ante un delito de maltrato tiene que existir entre el sujeto activo y pasivo del delito una relación matrimonial o análoga al matriminio, es decir, una relación de pareja.
Teniendo en cuenta esto, en el juicio conseguimos demostrar que, si bien tanto denunciante como denunciado mantenían una relación, ésta era esporádica y de carácter sexual, y con total asusencia de permanencia afectiva y de estabilidad inherentes a una relación sentimental o de pareja, y ello en el sentido a que se refiere el artículo 153 del C.P, lo que derivó en la absolución de nuestro cliente por el delito de maltrato, al faltar uno de los elementos nucleares del delito.
SENTENCIA: 3 MESES DE PRISIÓN A SUSTITUIR POR 6 MESES DE MULTA
PETICIÓN FISCAL: 3 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Ante la incertidumbre que genera un juicio, y a la vista de la pena solicitada, así como de la existencia de antecedentes penales previos a los hechos en la hoja histórico penal de nuestro cliente, lo que podría implicar un cumplimiento más que seguro de la pena para el caso de ser condenado, se optó por una estrategia de defensa tendente a asegurar la libertad de nuestro defendido. Así, y tras intensa negociación, el despacho consiguió que se rebajase un grado la condena, al existir ciertas dilaciones temporales en la causa, y que la pena de prisión mínima fuera sustituida por multa, ya que los hechos fueron cometidos bajo el anterior C.P.
SENTENCIA: 2 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA. SUSPENSIÓN DE PENA
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Se acusó a nuestro cliente de realizar actividades tendentes al cultivo y elaboración de sustancias estupefacientes, en concreto marihuana, ocupándose en una finca destinada para tal fin la cantidad de 11.880 gramos de cannabis. A la vista de la pena interesada por el Ministerio Fiscal, al tratarse del subtipo agravado de notoria importancia y cuya pena mínima son tres años y seis meses de prisión, decidimos centrar la defensa en pactar una sentencia haciendo valer una serie de circunstancias atenuantes para rebajar la misma lo máximo posible, lo cual obtuvo un magnifico resultado, pudiendo además conseguir la suspensión condicional de la pena al rebajarse ésta un grado, y que en definitiva era nuestro objetivo a la vista de las dificultades del caso.
SENTENCIA: 1 AÑO DE PRISIÓN Y SUSPENSIÓN CONDICIONAL
PETICIÓN FISCAL: 4 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Nuestro cliente fue acusado de un delito de lesiones agravadas por uso de instrumento peligroso, concurriendo además la agravante de reincidencia. Ante esta situación, ya que una sentencia condenatoria podía implicar un cumplimiento de la pena impuesta, se trató de buscar una solución negociando un acuerdo con las acusaciones. Para esto hicimos valer una atenuante de adicción a sustancias estupefacientes y otra de reparación del daño causado, lo que hizo posible la rebaja en un grado de la pena, y ello a pesar de concurrir una agravante, así como la suspensión condicional de la pena. Con este acuerdo salvamos a nuestro cliente de ir a prisión.
SOBRESEIMIENTO
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En este caso, y tras un duro interrogatorio de las partes implicadas, se demostró que nuestro cliente no había cometido los hechos por los que había sido denunciado.
SENTENCIA: 2 AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN
PETICIÓN FISCAL: 6 AÑOS DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
En esta causa nuestro cliente fue acusado de un delito continuado de abusos sexuales a menor de 16 años con prevalimiento por su relación de parentesco con la víctima. Teniendo en cuenta que la pena mínima para este delito es de 5 años de prisión, y a la vista de las pruebas existentes en el procedimiento, se decidió que lo más prudente era tratar de minimizar los daños lo máximo posible, ya que pretender conseguir la absolución en juicio era un pronóstico poco realista. Así las cosas, y con mucho esfuerzo, finalmente pudimos alcanzar un acuerdo con las acusaciones rebajando la pena en un grado, por lo que pena mínima en vez de 5 años pasó a ser de 2 años y 6 meses. Si bien nuestro cliente tuvo que ingresar en prisión a cumplir su pena, lo cual en ocasiones es inevitable, gracias a este acuerdo al poco tiempo comenzó a gozar de permisos penitenciarios.
SENTENCIA: ABSOLUCIÓN
PETICIÓN FISCAL: 1 AÑO Y 9 MESES DE PRISIÓN
ESTRATEGIA DE DEFENSA:
Se dirigió acusación contra nuestro cliente y otras personas tras encontrarse una pistola en el interior del coche en el que circulaban. La estrategia consensuada con las otras defensas consistió en negar todos los acusados el conocimiento de esa pistola, por lo que no pudo atribuirse su propiedad a ninguno de los ocupantes del vehículo ni tampoco demostrarse que el resto tuvieran conocimiento de la existencia de dicha arma de fuego.